Tras la aprobación de la nueva Ley de Tráfico por parte del Congreso, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha impuesto nuevas multas por los motivos siguientes:

Teléfono móvil al volante

La multa aumenta de 3 a 6 puntos por conducir sujetando el móvil con la mano, y asciende a 500 €. A su vez, Tráfico incluye un matiz en el texto de la nueva Ley que cambia el concepto de los conductores: sustituye la palabra «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil».

Cinturón de seguridad

No utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección, supondrá una sanción de 4 puntos, y se multará por el mal uso de estos.

Radares

Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, aunque se desactiven, supondrá una infracción grave multada con 500 €, y la pérdida de 3 puntos. Por otro lado, interferir en el radar serán 6 puntos.

Prohibido rebasar el límite de velocidad para adelantar

A partir de este marzo, los conductores no podrán rebasar la velocidad en 20km/h para adelantar en vías convencionales con el fin de reducir el número de accidentes y fallecidos en carreteras secundarias.

Patinetes eléctricos

Los conductores de vehículos de movilidad personal, estarán obligados a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determinen, y no se podrá circular con ellos por aceras ni áreas peatonales.

La norma recae en patinetes y otros elementos de movilidad de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos cuya velocidad máxima está entre 6 y 25 km/h. Tampoco se podrán usar por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por poblaciones, ni en túneles urbanos.

Ciclistas

Adelantar de forma peligrosa a un ciclista conllevará 6 puntos de sanción. El vehículo debe guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros en todo momento y tendrá de forma excepcional permiso para invadir el carril contrario si es necesario para efectuar con seguridad el adelantamiento.

Recuperación de puntos

La nueva ley ofrece realizar y superar un curso de conducción segura, una posibilidad para obtener dos puntos adicionales. El conductor se podrá beneficiar de esta norma siempre y cuando tenga un saldo positivo de puntos. Además, se establece que se pueda realizar un curso cada dos años y no se podrá tener más de 15 puntos en el carnet.

Permiso de conducción

  • Se reduce de 21 a 18 años la edad mínima para conducir camiones teniendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280h.
  • Se recude a 18 años la edad mínima para conducir autocares, sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. Solo a partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas se podrán llevar pasajeros.
  • Se amplía de 3.500 a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir con el permiso B para transporte de mercancías, solo cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión.