El “cambio de nombre” de un vehículo es un concepto muy común a la hora de venderlo, el coche está a nombre del propietario actual y debe cambiar de titularidad al nuevo comprador.
Pueden darse también otro tipo de situaciones que requieran transferir la propiedad del vehículo sin necesidad de venderlo; un regalo de vehículos entre familiares, una herencia, una donación, entre otros.
Se trata de un proceso similar en la mayoría de países, aunque debes conocer las reglas concretas de cada uno de ellos. A continuación, te explicamos paso a paso cómo realizar el cambio de titularidad de un coche sin venta en España, según el Reglamento General de Vehículos.
Antes de iniciar el proceso, debes asegurarte de que el vehículo esté libre de impuestos, sanciones y embargos, además de estar dado de alta en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Documentos necesarios
Existen dos métodos para realizar el cambio de nombre de un vehículo, online realizando la solicitud de la transferencia en el registro de la DGT con cita previa, y presencial, aunque en ciertos casos sólo puedes hacerlo de forma presencial.
Ambas vías requieren la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI o NIE del propietario actual y futuro adquirente del vehículo.
- Permiso de Circulación del coche.
- Ficha Técnica del vehículo.
- Justificante del pago del Impuesto de Circulación.
Tráfico
Una vez tengas a tu disposición los documentos anteriores, debes acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico del domicilio del propietario del vehículo en cuestión, y solicitar el impreso oficial de solicitud de transferencia de titularidad.
Dicho documento deberá ser rellenado con los datos de las dos personas implicadas, además de presentar también el justificante de pago al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con la tasa 1.5 de 55,70 euros, o una tarjeta de crédito para realizar el pago en las mismas oficinas de la Jefatura de Tráfico.
El coste de las tasas puede variar según el tipo o la procedencia del vehículo, pues si se trata de un ciclomotor, se debe abonar la tasa 1.2 por un coste de 27,85 euros. En caso de proceder de Canarias o Ceuta y Melilla con destino a la Península y Baleares, se deberá notificar la importación mediante el pago de la tasa correspondiente, es decir, la tasa 4.1 de 8,67 euros.
Casos excepcionales
Como ya hemos comentado anteriormente, existen varios casos en los que se puede realizar el cambio de titularidad de un vehículo sin implicar un contrato de compraventa de por medio. Estos casos requieren una documentación adicional a la anterior:
Herencia o fallecimiento
En el caso de recibir un coche por herencia o fallecimiento, se requiere el justificante de pago, exención o no sujeción del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) junto a la documentación del vehículo y matrícula, y la declaración del cambio de titularidad por fallecimiento para la adjudicación de vehículos.
Regalo o donación
Puede que hayas recibido el vehículo por motivo de donación o que se trate de un regalo, en este caso deberás indicar que se trata de una donación en el mismo documento de transferencia de titularidad del vehículo, además de abonar también el ISD.
Separación, divorcio o ruptura
En caso de tener que asignar el propietario de un vehículo como consecuencia de una separación o divorcio, se requerirá el documento que acredite dicho acuerdo, por ejemplo, una sentencia judicial, un convenio regulador, entre otros.
Procedente de subasta ordinaria y adjudicación
Se requerirá el acta o certificado de adjudicación.
Ya conoces la documentación necesaria, el procedimiento y los casos excepcionales para realizar el cambio de titularidad de un vehículo sin venta de forma fácil y rápida. De este modo, una vez vigente el cambio de titularidad en un periodo de entre 15 y 60 días, deberás conocer cómo te afecta la normativa actual de la DGT.