Las zonas restringidas de circulación se están convirtiendo en un verdadero dolor de cabeza para aquellos que todavía conservan sus vehículos antiguos. Las restricciones de circulación afectaron, en principio, a todos los vehículos que no cumplieran con la normativa de emisiones de gases o los que superaran una determinada edad. Pero gracias a la labor de la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA), que ha conseguido convencer a las autoridades que los automóviles antiguos son una parte del patrimonio industrial e histórico del país, las personas que cuentan con vehículos clásicos pueden catalogar sus coches como históricos y aprovechar las ventajas fiscales, administrativas y de circulación que presenta este paso.

De este modo, todos aquellos vehículos que tras ser inspeccionados, cuenten con un informe de autenticidad y originalidad y sean catalogados como vehículo histórico podrán entrar en dichas zonas y desplazarse con normalidad.

Requisitos que debe tener el vehículo:

  • Nuestro coche tiene que haber sido fabricado o matriculado por primera vez hace 30 años como mínimo.
  • El vehículo debe de haberse dejado de fabricar y que permanecer en su estado original, no habiéndose modificado de forma sustancial las características técnicas de sus principales componentes: motor, frenos, dirección y carrocería.
  • ITV en vigor.

Documentación a presentar:

  • Los coches nacionales deben aportar copia de la ficha técnica por ambas caras, copia del permiso de circulación, fotografías del vehículo desde delante, detrás y ambos laterales.
  • Los coches de importación deberán presentar copia de la documentación del país de origen por ambas caras, fotografía del número de bastidor y placa de fabricante, el DUA o Documento único aduanero, factura o contrato de compraventa, DNI de comprador y vendedor, y las mismas fotografías del vehículo delantera, trasera y ambos laterales.