Gracias a los avances tecnológicos aplicables en la mayoría de sectores y la digitalización de muchos de los procesos relacionados con tráfico, hoy en día solo necesitas el número de la matrícula del vehículo para consultar el historial de tus multas.

Si al instante de la infracción no se ha podido entregar la notificación de la denuncia, en el caso de las personas físicas la Dirección General de Tráfico (DGT) ofrece la dirección postal o electrónica para notificarla:

  1. Correo o Carta Postal.
  2. Notificación electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV), siempre que previamente te hayas dado de alta para recibir notificaciones.

Para gestionar el alta en la DEV, debes hacerlo con un certificado digital en vigor, y dar un correo electrónico y teléfono móvil para recibir las notificaciones vía SMS. Una vez tramitada el alta, todas las notificaciones de multa de tráfico serán enviadas a través de este canal.

Puede que hayas estado ausente de tu domicilio, hayas cambiado tu dirección, entre otros casos que te hayan impedido recibir la notificación al instante, en cualquiera de estas situaciones podrás consultar tus multas por matrícula de tres formas distintas:

  • Presencialmente en cualquiera Jefatura Provincial de Tráfico, solicitando cita previa por teléfono al número 060 o en la página web de la DGT. En caso de ir en representación del interesado, debes comunicarlo a la hora solicitar la cita.
  • De forma telemática, con y sin certificado o clave digital, en la propia página web de la DGT.
  • A través de la App móvil miDGT, en la que deberás identificarte con tu DNI, certificado digital o cl@ve pin, y en el apartado “Mis multas” podrás visualizar el historial completo, tanto de las multas anteriores como las pendientes de pagar.

Por el contrario, en el caso de las personas jurídicas, las notificaciones se realizarán únicamente a través de la DEV, donde deberán estar dadas de alta obligatoriamente en caso de que tengan algún vehículo matriculado a su nombre o sean arrendatarias de un vehículo.

¿Cómo consulto mis multas en la DGT sin certificado?

Para consultar el historial de multas de tu vehículo de forma telemática a través de la sede de la DGT, debes seguir los siguientes pasos:

  • Visita la página web de la Sede electrónica de la DGT y haz clic en el apartado “Multas”.
  • Consulta el “Tablón Edictal de Sanciones”.

Captura de pantalla del Tablón Edictal de Sanciones de la sede electrónica de la DGT para consultar las multas de un vehículo.

  • Elige la opción “Sin certificado”, y habrás llegado a la consulta del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), donde deberás introducir el número de matrícula, nombre y apellidos o DNI para comprobar si tienes sanciones de tráfico pendientes.

Captura de pantalla del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TETRA) de la sede electrónica de la DGT para consultar las multas por matrícula.

En el TESTRA solo encontrarás las multas que no hayan podido ser entregadas. Por otro lado,  para evitar que otras personas puedan consultar tus datos o los de tu vehículo, puedes inscribirte en la Lista de Excluidos en la misma sede electrónica de la DGT.

  • A su vez, es obligatorio que la notificación se publique también en el Tablón Edictal Único (TEU), en el apartado Búsqueda de anuncios de notificación:

Captura de pantalla del Tablón Edictal Único (TEU) del BOE donde quedan registradas las notificaciones de las infracciones de tráfico en el apartado Búsqueda de anuncios de notificación.

¿Cómo pago las multas pendientes?

Una vez consultado el historial de tus multas y habiendo comprobado que tienes multas pendientes de pago, tienes dos opciones para remediarlo: 

  • Pagar la multa.
  • Apelar la infracción.

En caso de tener que pagar la multa, puedes hacerlo vía online en el apartado “Paga tu multa”. Lo más recomendable es hacerlo dentro de los 20 días naturales desde que la notificación de la denuncia, pues normalmente se aplicará una reducción del 50% del importe total.

Transcurridos los 20 días del periodo voluntario, comienza un periodo ordinario de hasta 45 días en el deberás abonar el total del importe de la multa.

En caso de transcurrir el periodo ordinario y no haber realizado el pago de la multa, ésta pasará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que la cobrará con un 20% de recargo sin opción a ser fraccionado ni aplazado.

Por otro lado, existe la opción de presentar una alegación en caso de no estar conforme con la sanción notificada.

Podrás realizar esta acción durante los 20 días naturales posteriores al día en que recibas la notificación. También existe la posibilidad de solicitar la devolución del importe de la sanción si ha habido algún error en el pago.

Captura de pantalla del apartado Pago de multas donde encuentras todo lo que debes saber para hacerlo correctamente en la sede electrónica de la DGT.

En definitiva, la sede electrónica de la DGT permite hacer cualquier tipo de consulta por vía telemática de forma rápida y sencilla, sobre todo cuando se trata de multas, sin necesidad de realizar un registro previo, con el simple número de matrícula de un vehículo, nombre y apellidos o DNI de la persona interesada.