Recurriendo a su definición técnica, el renting es un contrato de alquiler de un bien mueble, en este caso un vehículo, en el que una de las partes (el arrendador) se compromete a ceder dicho bien a cambio de que la otra parte (el arrendatario) le pague una cuota mensual.
Como característica clave, este servicio consta de un alquiler a largo plazo donde el arrendatario puede ser tanto autónomo, particular o empresa, e incluye servicios adicionales que la compra del vehículo no conlleva, por ejemplo, el seguro, el mantenimiento o la itv.
El renting nace con el fin de facilitar el acceso a distintos vehículos mediante el pago de una cuota mensual, y es también un método de ahorro a largo plazo, pues además de incluir los servicios adicionales que supone hacerse con un vehículo, permite al cliente renovarlo cada x tiempo y disfrutar de uno nuevo.
¿Cómo funciona?
En primer lugar, debemos tener claras nuestras necesidades para saber qué tipo de vehículo queremos solicitar y cuánto estamos dispuestos a pagar mensualmente por este. A su vez, para recibir la aprovación de la empresa de renting, deberemos presentar la siguiente documentación:
Particulares
- DNI del titular y de su cónyuge si está casado/a en régimen de gananciales.
- Carnet de conducir.
- Email personal.
- Número de teléfono móvil.
- Impuesto de la renta del último ejercicio con el CSV (código seguro de verificación) y el de su cónyuge si está casado/a en régimen de gananciales.
- Dos últimas nóminas y las de su cónyuge si está casado/a en régimen de gananciales.
- Informe de Vida laboral.
- Certificado bancario o recibo bancario con el IBAN y el titular de la cuenta.
Autónomos
- Copia del DNI.
- Carnet de conducir.
- Email personal.
- Número de teléfono móvil.
- Certificado bancario o recibo bancario con el IBAN y el titular de la cuenta.
- Informe de Vida laboral.
- Declaración de la renta IRPF (modelo 100).
- Declaración IVA anual último ejercicio (modelo 390).
- Declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) de los trimestres del año en curso.
Empresas
- CIF de la empresa.
- DNI apoderado/s
- Escritura de constitución de la empresa.
- Escritura de poder para arrendar bienes muebles si el firmante no es Administrador o Consejero Delegado de la empresa.
- Declaración de la Titularidad real de la empresa.
- IVA completo del año anterior (4 trimestres), más los trimestres de IVA presentados del año en curso.
- Impuesto sobre sociedades.
- PyG provisional hasta Julio 2022.
- Teléfono móvil personal.
- Email personal.
- Certificado de titularidad bancaria.
Una vez tengamos la documentación en regla, podemos solicitar asesoramiento al equipo profesional de comerciales, y una vez escogido el coche y aprobada la documentación, es importante recordar que éste nos exime de realizar ningún pago inicial, pues las cuotas son siempre fijas y mensuales.