Cuando llega el momento de pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es normal tener dudas, ya que no todo el mundo entiende de mecánica y van surgiendo nuevas normativas.
¿Cuándo hay que pasar la ITV?
- Turismos: Los cuatro primeros años desde su matriculación no deberán acudir. Será a partir de los diez años que se empezará a pasar la revisión cada dos años, y los de más de diez años de antigüedad deberán realizar la inspección una vez al año.
- Ciclomotores: Los tres primeros años desde su matriculación están exentos. Desde el cuarto año, cada dos años.
- Motocicletas, quads y cuadriciclos: Los primeros cuatro años desde su matriculación están exentos. Una vez superado ese período, cada dos años.
Entre ellas, la nueva prueba de emisiones a través del sistema OBD, que se encarga de monitorizar los sistemas del vehículo mediante sensores incorporado en el motor y resto de sistemas de tu vehículo. Es decir, analiza el nivel de emisiones de los vehículos con el objetivo de detectar fallos sobre los gases contaminantes.
De hecho, para alguno de los propietarios de vehículos les resultará todo un alivio saber que el control de emisiones se aplica aquellos que estén matriculados a partir del 1 de enero de 2011, y los industriales cuentan con un poco más de margen, ya que es desde el 1 de enero de 2014.
Los coches híbridos y eléctricos, están preparados para superar este sistema porque las centralitas están conectados a un lector que gestiona el motor y este mismo se encarga de registrar el fallo.
Y es que es importante circular con la ITV vigente, ya que con esta inspección se pueden prevenir futuros daños. Por eso, existe una multa desde los 200 euros por transitar con la ITV pasada, mientras que también aparece otra multa de 500 euros si se confirma que está circulando sin haber superado esta inspección.