Las nuevas tecnologías y la tendencia de lo sostenible son cada vez más comunes en cualquier sector y el de la movilidad no podía ser menos. De hecho, hablamos del sector más demandado actualmente, pues la cambiante y evolutiva movilidad urbana ha provocado la aparición de una amplia gama de opciones sostenibles y ecológicas, para que la sociedad se desplace con facilidad de forma individual por las ciudades. 

Cada vez son más los que apuestan por el carsharing y, como no, por los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que el patinete destaca por ser la opción favorita de muchos. Una alternativa ideal para realizar trayectos de hasta 30 km de autonomía, por la que apuestan sobre todo estudiantes y trabajadores del centro de las ciudades.

Un estudio realizado el pasado año 2021 por AMB y el Instituto de Estudios Regionales y Metropolitanos de Barcelona (IERMB) confirmaba que el uso de los VMP se había cuadruplicado desde 2017, y aseguraba seguir aumentando con los años.

Imagen de cerca de las piernas de una mujer arrancando por la acera sobre un patinete eléctrico de color blanco. 

La Nueva Ley de Tráfico 2022

Ahora la nueva Ley de Tráfico, entrada en vigor el pasado 21 de marzo de este 2022, ha supuesto varias novedades relacionadas con los Vehículos de Movilidad Personal. Entre estas novedades, la Ley establece lo siguiente:

  • Los VMP no pueden superar los 25 km/h y deben incluir sistemas de antimanipulación de la velocidad y la potencia. También deben contar con un indicador de velocidad y nivel de batería.
  • Deben disponer de dos frenos independientes y un sistema de aviso sonoro de marcha atrás.
  • Deben incorporar catadióptricos en el frontal, lateral y la parte trasera, y la luz de freno debe estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
  • Los VMP destinados al transporte de mercancías u otros servicios, deben llevar reflectantes para distinguirse en situaciones de baja visibilidad.
  • Los VMP de dos ruedas deben incorporar un sistema de estabilización para evitar caídas mientras están aparcados.
  • El diámetro mínimo de las ruedas debe ser de 203,2 mm, y siempre de superficie rugosa para adherirse bien al terreno.
  • Deben disponer de un doble sistema de seguridad para asegurar que quedan bien acoplados mientras se llevan recogidos.
  • El marcaje de fábrica debe ser único y estar ubicado de forma visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, de certificado, el año de construcción, la marca y el modelo.
  • Deben llevar en la parte trasera un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.

Esta normativa entró en vigor de forma transitoria el pasado mes de marzo, y lo hará de manera obligatoria en 2024.

¿Por dónde debe circular un patinete eléctrico?

Tras las propuestas de la nueva Ley de Tráfico, se establece que los patinetes eléctricos tienen prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales. Tampoco pueden hacerlo por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías, ni túneles urbanos. Por tanto, la zona de tránsito recomendada se limita a carreteras urbanas o carriles bici.

¿Qué ocurre con los carriles bici? 

Por lo general, los patinetes eléctricos sí pueden circular por este tipo de carriles, salvo que la normativa municipal de la ciudad en cuestión lo prohiba. El conductor del patinete debe tener claro que los peatones siempre tienen mayor preferencia, y esperar en los pasos de peatones y semáforos como si de una bicicleta u otro vehículo se tratase.

Podrán circular por vías pacificadas a una velocidad inferior a los 30 km/h, salvo que la normativa municipal especifique lo contrario. Además, pueden circular por cualquier calzada, siguiendo las normas del resto de vehículos, incluso en las zonas de velocidad limitada a 30km/h.

Los conductores de cualquier VPM deben dar prioridad a los peatones, así como el resto de conductores de vehículos, respetando los pasos de cebras y semáforos. Sin embargo, los peatones deben respetar los carriles bici y no tendrán prioridad si deciden cruzarlos fuera de los pasos de cebra señalizados.

Foto de cerca del manillar de cuatro patinetes eléctricos aparcados en carretera y los brazos de un hombre a punto de arrancar el primer patinete.

Normativas municipales de las grandes ciudades

Barcelona

Como en todos los casos, partimos de la norma en que ¨el peatón siempre tiene prioridad¨, de modo que la circulación por la acera no está permitida. 

Se recomienda utilizar el carril bici por calzada (velocidad máxima de 30km/h) o el carril bici incorporado en la acera (velocidad máxima de 10 km/h), y en los parques solo se permite la circulación a 10 km/h como máximo, además de poder estacionar únicamente en los espacios habilitados para ello.

Está prohibido atarlos a árboles, semáforos, bancos u otros elementos del mobiliario urbano, delante de zonas de carga y descarga o en lugares reservados a otros usuarios, salidas de emergencia, hospitales y zonas de servicio de Bicing. En las aceras tampoco estará permitido cuando impida el paso de los peatones.

Por último, la ciudad de Barcelona establece la edad mínima de 16 años para conducir un VMP o un ciclo de más de dos ruedas.

Valencia

Más allá de las normas anteriores, Valencia establece límites de velocidad distintos según el carril bici por el que se circule. En este caso, permite circular por carriles bici de acera a una velocidad máxima de 15 km/h, mientras que en los de calzada a 20 km/h.

Zaragoza

Por el momento, Zaragoza  no establece una edad mínima para circular con este tipo de patinetes por la ciudad. El uso de estos vehículos queda limitado a los carriles bici y calzadas de un solo carril y sentido con una velocidad de 30 km/h.

En este caso, el usuario de VMP que circule por una vía ciclista deberá adaptarse a la marcha de las bicicletas, y si lo hace por una zona de prioridad peatonal, deberá dar prioridad a los peatones.

En cuanto a las prohibiciones, no se debe circular por las aceras ni la calzada de grandes avenidas de la ciudad. No se permite que los patinetes eléctricos sean arrastrados por otros vehículos y no se puede invadir carriles de circulación de vehículos a motor, salvo para cruzar la calzada.

También queda prohibido el uso del teléfono móvil, auriculares o cualquier otro sistema de comunicación durante la circulación.

Madrid

Todos los VMP pueden circular por ciclocalles, carriles bici, sendas ciclables a velocidad no superior a 5 km/h, la calzada de calles de plataforma única con separadores entre peatones y vehículos a menos de 20 km/h (y a menos de 15 km/h cuando no haya separadores), por parques públicos en carriles bici y a velocidad no superior a 5 km/h si son zonas compartidas con peatones.

En ningún caso los VMP podrán circular por aceras ni espacios reservados a los peatones, ni zonas ajardinadas, ni por carriles con velocidad máxima de 50 km/h, ni por carriles bus, vía M-30 y sus accesos y tramos no semaforizados de la M30, ni túneles de vías urbanas.

Las condiciones de estacionamiento en la vía pública de los VMP son comunes con las establecidas en la Ordenanza de Movilidad para las bicicletas, bicicletas de pedales con pedaleo asistido y el resto de ciclos.

En el caso de Madrid, la edad mínima establecida para la conducción de este tipo de vehículos es de 15 años.

Sevilla

Al igual que Madrid, Sevilla establece el mismo requisito para la edad mínima de conducción de los VMP, debes ser mayor de 15 años o ir acompañado de un adulto y llevar casco para poder conducirlo. 

También prohíbe el uso de auriculares y teléfonos móviles u otros medios de comunicación mientras se conduce, además del consumo de alcohol con tasas superiores a las permitidas en el reglamento de circulación o drogas. 

Tampoco podrán circular por aceras, plazas, ni vías o zonas peatonales, ni travesías y túneles urbanos, y se aplicarán las mismas restricciones en la circulación que las bicicletas.

Por último, establece sanciones de hasta 400€ (en función de la gravedad) por circular con VMP no autorizados o incumplir la normativa.

Los patinetes eléctricos son cada vez más el vehículo de confianza para muchos y era de esperar que las grandes ciudades apostaran por establecer sus propias normas municipales para controlar al completo esta nueva forma de movilidad urbana que ha venido para quedarse.

Aspectos como la edad mínima, las zonas de circulación permitidas o los límites de velocidad son los requisitos más delimitados por cada ciudad. Otro aspecto a destacar en todas las ciudades es la posibilidad de aparcar un patinete eléctrico en espacios reservados a motos y bicicletas.