Hace ya un mes, nos despertamos con la noticia de que en 2022 se instalarán 16 nuevos radares de tramo y otros diez fijos. Lo verdaderamente cierto es que nadie en la DGT dijo que fueran a tener características especiales. Por tanto, se trata de un bulo que Tráfico vaya a estrenar radares en cascada o antifrenazos.
Lo que si se puede afirmar, es que la DGT colocará nuevos dispositivos con los que se podrá detectar a los conductores que reducen la velocidad unos metros antes del radar y después aumentan el ritmo. Son los que se conocen como Radares antifrenazo, que poseen un mayor alcance y precisión y que pueden abarcar más metros de carretera o dispositivos móviles que se colocan antes del radar fijo.
En este nuevos año se colocarán 26 nuevos radares en las carreteras y se ampliará la dotación de drones sin más detalles. La policía anunció que colocaría radares móviles uno o dos kilómetros más allá de los dispositivos fijos en los tramos de concentración de accidentes. El objetivo no es recaudatorio sino para reducir la accidentalidad en las carreteras más peligrosas.
La carta para los propietarios de coches zombi
Los falsos mitos sobre radares de la DGT no han estado solos en las últimas semanas. También se han repetido con alguna intensidad informaciones en las que se habla de una supuesta carta que el organismo iba a enviar durante 2022 a todos los conductores. Se dice que en ella Tráfico recuerda a los propietarios con vehículos en situación de baja temporal que deben darlos de alta o tramitar una baja definitiva, información que la DGT desmiente categóricamente.
Otro de los temas contra los que lucha la DGT, es lo que se denomina como coches zombi. Estos son vehículos que se dieron de baja temporal y en esa situación permanecen, sin obligación de pasar la ITV ni contratar un seguro, y sin que la DGT sepa si continúan circulando o fueron robados o incluso desguazados.
El cambio sobre las bajas temporales
A través del real decreto que se ha aprobado en abril del pasado año, se establece un límite máximo de un año para las bajas temporales, que hasta ahora eran indefinidas. Los requisitos son que antes de que expire ese plazo el propietario del vehículo deberá solicitar expresamente una prórroga para mantener la misma situación. En el caso de que no se lleva a cabo, se entenderá que el vehículo vuelve a la vida útil y por tanto le afectan las obligaciones legales. Estas son tres, la inspección técnica favorable, la póliza en vigor y el impuesto de circulación pagado. El decreto, no obstante, deja un plazo de un año a las administraciones para adaptar sus procedimientos y autorizaciones. Por ello, no empezará a aplicarse hasta abril de 2022.